Deudas por cuotas de mantenimiento

Deudas por cuotas de mantenimiento

Con las deudas por cuotas de mantenimiento la ley que protege a los usuarios de tiempo compartido ha sido considerablemente lenta en los tiempos con lo que en los años en los que más semanas de multipropiedad se vendían los socios adquirieron este producto en una clara desprotección. A la falta de datos reales y exactos de lo que se estaba adquiriendo se une el asunto de las cuotas de servicios.

Muchos socios tienen una escritura o un contrato en el que se estipula que la cuota será de cierta cantidad de dinero y que esta cantidad sólo se verá incrementada por el IPC. La realidad es que las cuotas se han ido incrementando mucho más allá de esa cantidad al amparo de la Ley de la Propiedad Horizontal que también es de aplicación en el tiempo compartido.

Esto significa que en la mayoría de los casos existe una comunidad de propietarios o titulares que se reúne y puede decidir básicamente lo que quiera sin contar con la mayoría de los socios, ya que los complejos están diseñados, en general, para que la empresa en cuestión pueda hacer y deshacer a su antojo. Esto significa que los socios están atrapados viendo como las cuotas aumentan sin poder hacer nada. Nunca se reunirán los suficientes para tener peso en las votaciones y jamás les proporcionarán la documentación que justifique los incrementos, las derramas, etc. Acceder a las cuentas de una comunidad de tiempo compartido se convierte en misión imposible de forma general y además las cuentas siempre van a ser aprobadas en las reuniones con lo cual habría que impugnarlas judicialmente.

En resumen, hay que pagarlas o iniciar un procedimiento judicial que algunos socios han intentado y han perdido.

Hartos del desmán, algunos socios han dejado de pagar por considerar las cuotas un abuso y entender que les habían estafado en la compra. El resultado es que años después se han encontrado con un PROCEDIMIENTO MONITORIO en su contra encima de la mesa y con la obligación de pagar la deuda en 20 días. Si no se paga o existe un motivo de oposición claro, el juzgado ordenará el embargo de los bienes, empezando siempre por el dinero y las cuentas bancarias. Antes de llegar a esta situación, en cuyo caso hay poco que hacer respecto a la deuda, consúltenos.

La única fórmula para no pagar estas cuotas es si tu contrato de multipropiedad original es nulo.

Más información en 900525939